Buscar este blog

sábado, 30 de abril de 2011

Píldora del día después

La píldora del día después tiene una estrecha relación con el aborto. Ya que se trata de una píldora abortiva.

  • Se trata de un grupo reducido de anticonceptivos de emergencia femeninos orales formado por los medicamentos acetato de ulipristal, mifepristona, levonorgestrel y a los que puede unirse meloxicam.
  • Estos medicamentos se utilizan para prevenir los embarazos no deseados y losembarazos adolescentes desde las primeras horas y hasta los 3 a 5 días (72 a 120 horas) después de haber tenido relaciones sexuales sin protección. Su eficacia es del 75% al 89%.
  • No protege contra las enfermedades de transmisión sexual.
Pero desde mi punto de vista, hay una mala información sobre ella y no se creen los efectos que tienen las píldoras. Hay chicas que no se dan cuenta de que se trata de un método anticonceptivo de EMERGENCIA.







lunes, 25 de abril de 2011

números de abortos en España

En el año 2009 el número de abortos fue de 112.000, unos 4000 menos que el año anterior (115.812); es la primera que desciende desde 1997. Según Trinidad Jiménez, entonces Ministra de Sanidad y Política Social de España, el descenso se debió a la venta sin receta médica en las farmacias de la llamada píldora del día después que fue liberalizada a finales de septiembre de 2009.
En España en número de abortos, según las Estadísticas del Ministerio de Sanidad de España son las siguiente:
Año Centros notificadores de I.V.E número de I.V.E.
(abortos inducidos)
Tasa por 1.000 mujeres
1995
49.367
1996
51.002
1997
49.578
1998 117 53.847 6,00
1999 123 58.399 6,52
2000 121 63.756 7,14
2001 121 69.857 7,66
2002 124 77.125 8,46
2003 128 79.788 8,77
2004 133 84.985 8,94
2005 134 91.664 9,60
2006 135 101.592 10,62
2007 137 112.138 11,49
2008 137 115.812 11,78
2009 141 111.482 11,41
2010


domingo, 24 de abril de 2011

Durante mucho tiempo el aborto fue una práctica imposible. 
Las mujeres que deseaban abortar, tenían que irse a otros países en los que se hacía esta práctica legal o ilegalmente, y por un precio bastante desorbitado. Por tanto, ahora, con la posibilidad de abortar, es decir, con la legalidad de esta práctica, se convierte en algo mucho mas fácil para las mujeres.
Pero sobre este tema puede haber dos posturas diferentes.
  • Desde un punto de vista ético o constitucional el aborto es algo que va contra un derecho fundamental contemplado en la constitución, en el artículo 15.
  • Pero también hay que ponerse en el punto de vista personal, que situación personal es un mundo. Y todos tenemos derechos a elegir lo que queremos y no queremos hacer, sin que nadie tenga que decidir en tu futuro, en algo que va a cambiar tu vida. 



miércoles, 13 de abril de 2011

En España se regula en el Titulo II de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción del embarazo. Esta ley despenaliza la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo durante las primeras 14 semanas del embarazo. La ley entró en vigor el 5 de julio de 2010.La regulación anterior -Ley Orgánica 9/1985- despenalizó el aborto en varios supuestos.

lunes, 11 de abril de 2011

¿porqué hemos elegido este tema?

Lo hemos elegido porque nos parece un tema muy importante e interesante para tratar hoy en día, en la sociedad que vivimos y más por la edad que yo tengo porque es muy común que una chica de mi edad que termina con un embarazo no buscado recurra en medio de la desesperación y el apuro al aborto. Y también me parece muy bueno investigar sobre si hay algo legislado o no sobre esto, que se dice en:

  1. la constitución 
  2. en el código civil 
  3. en el código penal
  4. en la Biblia
  5. en la declaración universal de los derechos del hombre, en la doctrina social de la iglesia, etc; para estar más informado sobre el tema.

Sara Doval Gómez

DERECHO A LA VIDA

Para empezar, es necesario situar este derecho en la Constitución, y en las demás leyes que rigen nuestro país.
De esta forma, en la Constitución este derecho se encuentra contemplado en el artículo 15, este dice:
    Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra. 
El aborto, que también está relacionado estrechamente con este derecho se encuentra regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo "SALUD SEXUAL-INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo."